Cómo recuperar el 30% del Impuesto al Cheque en las Contribuciones Patronales

En el complejo escenario tributario argentino, aprovechar cada beneficio vigente es clave para la competitividad de tu negocio. Uno de los incentivos más potentes —y a veces desaprovechados— es la posibilidad de computar el Impuesto sobre los Créditos y Débitos (Impuesto al Cheque) como pago a cuenta de las Contribuciones Patronales.

En Estudio Contable Peino, te explicamos cómo funciona este beneficio reglamentado por los Decretos 394/2023, 1.137/24 y 923/25.

🎯 ¿En qué consiste el beneficio?

Las empresas categorizadas como Microempresas pueden computar el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos efectivamente ingresado como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales con destino al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).

El esquema de cómputo para Microempresas:

  • 30% del impuesto: Puede ir a cuenta de las contribuciones SIPA (F. 931).
  • 70% restante: Puede computarse como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Requisitos para acceder

Para que tu empresa pueda aplicar este descuento, debe cumplir con las siguientes condiciones técnicas:

  1. Caracterización en AFIP: Debés contar con el código “272 – Micro Empresas Ley 25.300” en el servicio “Sistema Registral”. Si no tenés esta caracterización, es necesario tramitar o renovar el Certificado MiPyME.
  2. Titularidad: La cuenta bancaria donde se percibe el impuesto debe estar a nombre exclusivo del empleador.
  3. Vigencia: El beneficio es aplicable para las Declaraciones Juradas de los períodos devengados entre diciembre de 2025 y diciembre de 2026.

⚙️ Cómo se aplica en la práctica

El proceso se realiza mensualmente al momento de confeccionar la Declaración Jurada en el sistema “Declaración en Línea”:

  • Opción de uso: Al ingresar al sistema, aparecerá una ventana emergente consultando si deseás utilizar el beneficio del Decreto 394/2023. Se debe seleccionar «OPTAR».
  • Carga de datos: Se debe informar manualmente el importe del impuesto a computar en el campo específico.
  • Tope automático: El sistema calculará automáticamente el tope del 15% del saldo a ingresar en concepto de contribuciones SIPA.
  • Pago del saldo: El remanente de la DDJJ F. 931 se cancela mediante VEP utilizando los códigos específicos de «Contribuciones Patronales – Certificado PYME» (ICS 351-154-019 para SIPA).

⚠️ Puntos clave a tener en cuenta

  • Sin arrastre de saldos: El cómputo solo procede durante el período mensual devengado. No se pueden aplicar saldos sobrantes de otros meses.
  • Rectificativas: Si necesitás rectificar una declaración donde aplicaste el beneficio, la misma debe efectuarse por nómina completa.
  • Unificación de pago: El sistema permite generar un solo VEP consolidado por todos los conceptos (SIPA y no SIPA), facilitando la gestión administrativa.

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